Constitución de sociedades | Emprender | Emprendimiento | Contabilidad | Empresa en un día
Constitución de sociedades: ¿Qué hacer después de constituir tu emprendimiento? Después de haber completado el proceso de constitución, tu emprendimiento tendrá existencia legal, por lo que podrás comenzar a firmar contratos y contratar servicios, pero solo será sujeto de impuestos hasta realizar la declaración de Inicio de Actividades ante Servicio de Impuestos Internos. Para evitar multas, esta declaración debe hacerse antes de finalizado el segundo mes, contado desde la fecha de inicio de las actividades de tu Pyme. Puede realizarse en línea y se recomienda asesorarse por un abogado o contador para hacerlo correctamente. En caso de que se opte por hacerlo en forma personal, se debe solicitar el formulario 4418 en las oficinas de Servicio de Impuestos Internos y completarlo con los datos de la sociedad. Emprender en crisis Existe una sensación de incertidumbre e inseguridad en todo el mundo, por la situación que estamos enfrentando. Sin embargo muchos emprendedores han visto có...

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